Detalle Participación Pública

Consulta
Cerrada
Rango de la Norma:
Real Decreto de Consejo de Ministros
Carácter de la consulta:
Normativas
Tipo de participación:
Consulta pública previa

Resumen

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a realizar la consulta pública previa a la modificación de los anexos III y IV del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología.

Antecedentes de la norma

El Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, se publicó el día 7 de junio de 2016. Desde entonces, cuatro años después, se ha visto la necesidad de modificar los anexos III, identificación de marcados, etiquetas y precintos, y IV, software legalmente relevante vinculado a la medición en los instrumentos de medida sometidos a control metrológico del Estado, para adaptarlos a las nuevas exigencias y cambios que han surgido durante estos años.

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma

Adaptar el anexo IV a los requisitos establecidos a nivel europeo en cuanto al software legalmente relevante de los instrumentos sometidos a control metrológico del Estado, así como modificar aquellos aspectos que han evolucionado por el avance de las nuevas tecnologías.

El anexo III necesita así mismo una revisión teniendo en cuenta los cambios que se han producido en los instrumentos que en algunos casos, debido a su tamaño, no permiten que se adhiera una etiqueta. Por otro lado se han incorporado sectores de actividad para los que no estaban previstos códigos de identificación.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Las necesidades que pretende cubrir la modificación del real decreto es la adaptación del mismo a las nuevas exigencias y necesidades.

Objetivos de la norma

El objetivo de la modificación de los anexos III y IV el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, es, que dichos anexos se adapten a las nuevas exigencias y tecnologías, así como con los campos de actividad que no estaban previstos cuando se publicó el Real Decreto.

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias

No modificar estos anexos.

Plazo de remisión

Plazo para presentar alegaciones desde el miércoles, 01 de julio de 2020 hasta el miércoles, 15 de julio de 2020

Presentación de alegaciones

Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: BC_Modificacionrealdecreto244@cem.es

Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado.

Con carácter general, las contribuciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la contribución, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.

Anexos