Detalle Participación Pública

Consulta
Pechada
Alcance da norma:
Real Decreto de Consello de Ministros
Carácter da consulta:
Normativas
Tipo de participación:
Audiencia e información pública

Resumen

El 27 de septiembre de 2021 se publicó en el Diario oficial de la Unión Europea la Directiva Delegada (UE) 2021/1717 de la Comisión, de 9 de julio de 2021, por la que se modifica la Directiva 2014/45/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la actualización de la designación de determinadas categorías de vehículos y a la inclusión de “eCall” en la lista de los elementos objeto de inspección, los métodos, las causas de rechazo y la valoración de las deficiencias en los anexos I y III de dicha Directiva.

En cumplimiento de las obligaciones derivadas del Tratado de adhesión de España a la Unión Europea, así como de lo dispuesto en el artículo 2.1 de la Directiva Delegada (UE) 2021/1717, de la Comisión, de 9 de julio de 2021, es preciso dictar las disposiciones nacionales que adapten la legislación española a las previsiones contenidas en la mencionada directiva. Para ello, es preciso actualizar el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos.

Adicionalmente, con fecha 18 y 19 de octubre de 2021, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado Sentencias (Sentencia núm. 1237/2021, de 18 de octubre de 2021 y Sentencias números 1243/2021, 1244/2021 y 1246/2021, de 19 de octubre de 2021) por las que estimando los recursos interpuestos ( números 182/2020, 204/2020, 143/2020 y 173/2020, respectivamente) ha anulado el apartado segundo de la Orden SND/413/2020, de 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales para la inspección técnica de vehículos.

En cumplimiento de las sentencias anteriores, es preciso tomar medidas para garantizar los derechos de los usuarios afectados por la Orden SND/413/2020, de 15 de mayo.

La disposición final sexta, apartado 1 del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, faculta a los titulares del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, hoy Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, y del Interior para dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de este real decreto.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a trámite de información pública este proyecto de real decreto.

Prazo de remisión

Prazo para enviar argumentos a partir do día martes, 18 de xaneiro de 2022 ata o día venres, 11 de febreiro de 2022

Presentación de alegacións

As alegacións pódense enviar ao enderezo de correo electrónico: participacion_csegind@mincotur.es indicando no asunto: "PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ACTUALIZA EL ARTÍCULO 3 Y SE MODIFICA EL ANEXO I DEL REAL DECRETO 920/2017, DE 23 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULA LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS"

Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado, haciendo constar en ellas:

  • Nombre y apellidos/denominación o razón social del participante.
  • Organización o asociación (si corresponde).
  • Contacto (correo electrónico).

Con carácter general, las contribuciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la contribución, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.

Anexos