Detalle Participación Pública

Consulta
Cerrada
Rango de la Norma:
Disposición de otras autoridades
Carácter de la consulta:
Normativas
Tipo de participación:
Audiencia e información pública

Resumen

El Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos, en su artículo 12, establece que en la inspección de los vehículos se seguirán los criterios técnicos de inspección descritos en el «Manual de procedimiento de inspección de las estaciones ITV» elaborado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo (en la actualidad Ministerio de Economía, Industria y Competitividad), de acuerdo con los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.

Además, se indica que el Manual será actualizado cuando varíen los criterios técnicos de inspección, tanto de carácter nacional como comunitario o internacional en esta materia. Tras la entrada en vigor de los reglamentos comunitarios 168/2013 de 15 de enero de 2013 relativo a la homologación de los vehículos de dos o tres ruedas y los cuatriciclos, y a la vigilancia del mercado de dichos vehículos, y 167/2013 de 5 de febrero de 2013, relativo a la homologación de los vehículos agrícolas o forestales, y a la vigilancia del mercado de dichos vehículos, procede revisar determinados criterios de inspección que afectan a los mencionados vehículos.

Asimismo, se han revisado otros elementos del manual, que era necesario matizar o reformular, en función de los problemas prácticos que se presentan al aplicar el procedimiento de inspección.

Todos estos cambios están relacionados y documentados en el aparatado “control de cambios del documento” del manual.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno se somete a trámite de información pública esta revisión, que se publicará como versión 7.2.0, del Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV. 

Plazo de remisión

Plazo para presentar alegaciones hasta el jueves, 20 de abril de 2017

Presentación de alegaciones

Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: CSEGIND@mineco.es

Anexos