Detalle Participación Pública

Consulta
Cerrada
Rango de la Norma:
Real Decreto de Consejo de Ministros
Carácter de la consulta:
Normativas
Tipo de participación:
Audiencia e información pública

Resumen

El Parlamento Europeo y el Consejo aprobaron, con fecha 29 de mayo de 1997, la Directiva 97/23/CE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre equipos a presión.

Con posterioridad, se aprobó el Reglamento (CE) nº765/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo  regula la acreditación de los organismos de evaluación de la conformidad, adopta un marco para la vigilancia del mercado de los productos y para los controles de los productos procedentes de terceros países y establece los principios generales del marcado CE.

Así mismo, la Decisión n 768/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo establece principios comunes y disposiciones de referencia aplicables a toda la legislación sectorial con el fin de establecer una base coherente para la revisión o refundición de dicha legislación, siendo conveniente, por tanto, adaptar la Directiva 97/23/CE a dicha Decisión.

Por otro lado, la Directiva 97/23/CE establece una clasificación de los equipos a presión por categorías en función del nivel ascendente de peligro. Ello comprende la clasificación del fluido contenido en el equipo a presión como peligroso o no, de acuerdo con la Directiva 67/548/CEE del Consejo. El 1 de junio de 2015, la Directiva 67/548/CEE será derogada y sustituida por el Reglamento (CE) nº1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aplica en la Unión el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos, adoptado a nivel internacional en la estructura de las Naciones Unidas. Dicho Reglamento introduce nuevas clases y categorías de peligros que corresponden solo parcialmente a las establecidas en la Directiva 67/548/CEE. Por tanto, la Directiva 97/23/CE debía adaptarse, manteniendo los niveles de protección que en ella se prevén actualmente, al Reglamento (CE) nº1272/2008.

Por todo lo anterior, la Directiva 97/23/CE, a la que hace referencia la presente disposición, ha sido derogada, con efectos a partir del 19 de julio de 2016, por el artículo 50 de la Directiva 2014/68/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros sobre la comercialización de equipos a presión.

Puesto que la Directiva 97/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ha sido modificada de forma sustancial, conviene, en aras de una mayor claridad, derogar las disposiciones del Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, 97/23/CE, relativa a los equipos de presión y se modifica el Real Decreto 1244/1979, de 4 de abril, referentes al diseño, fabricación, comercialización y evaluación de conformidad,

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24.1.c) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se comunica que el proyecto de Real Decreto se encuentra a disposición de los interesados, para el cumplimiento del trámite de información pública.

Plazo de remisión

Plazo para presentar alegaciones hasta el miércoles, 26 de noviembre de 2014

Presentación de alegaciones

Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: sgcalidadseguridad@minetur.es

o por correo ordinario a la Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial (Paseo de la Castellana 160,  planta 12, 28071 Madrid). Las observaciones deberán ser motivadas y con texto alternativo.

Anexos