Detalle Participación Pública

Consulta
Abierta
Rango de la Norma:
Orden Ministerial
Carácter de la consulta:
Normativas
Tipo de participación:
Consulta pública previa

Resumen

La presente consulta tiene como objetivo recabar, directamente o a través de sus organizaciones representativas, la opinión de las personas y entidades potencialmente afectadas por la norma proyectada.

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma

Actualizar las bases reguladoras de las ayudas a pequeñas y medianas empresas dentro del Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs de 2022, financiadas con fondos del Plan de Recuperación, al actual contexto tanto económico como estratégico.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Es necesario adaptar las bases reguladoras de las ayudas a pequeñas y medianas empresas dentro del Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs al contexto y los retos actuales. Esta adaptación supondrá una mejora en la eficacia de las ayudas otorgadas.

Objetivos de la norma

El objetivo de este proyecto de orden es adaptar las bases reguladoras al nuevo contexto y se centrarán en mejorar la competitividad de las pymes a través de las actuaciones de los Digital Innovation Hubs.

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias

No se consideran otras alternativas.

Plazo de remisión

Plazo para presentar alegaciones desde el jueves, 25 de septiembre de 2025 hasta el jueves, 09 de octubre de 2025

Presentación de alegaciones

Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: normativapyme@mintur.es indicando en el asunto: "Digital Innovation Hubs"

Solo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado, haciendo constar en ellas:

  • Nombre y apellidos/denominación o razón social del participante
  • Organización o asociación (si corresponde)
  • Contacto (correo electrónico)

Con carácter general, las contribuciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública.

La información remitida que, a juicio del interesado deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la contribución, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.