- Consulta
- Cerrada
- Rango de la Norma:
- Real Decreto de Consejo de Ministros
- Carácter de la consulta:
- Normativas
- Tipo de participación:
- Consulta pública previa
Antecedentes de la norma
Objetivos de la norma
Los objetivos del vigente Reglamento se mantienen.
La aplicación del Reglamento no supondrá deterioro en la seguridad vial y en la de los peatones y propiedades que deben proporcionar las instalaciones de alumbrado exterior, ya que la finalidad de dicho alumbrado es contribuir a crear un ambiente visual nocturno que permita una disminución del riesgo de accidentes y un aumento de la fluidez de la circulación de vehículos, creando condiciones adecuadas para la conducción de los mismos y una visibilidad idónea para el peatón, su seguridad y la de los edificios y bienes del entorno.
No será objeto del futuro Reglamento establecer valores mínimos para los niveles de iluminación en los distintos tipos de vías o espacios a iluminar, que se regirán por la normativa que les sea de aplicación.
Plazo de remisión
Plazo para presentar alegaciones hasta el domingo, 31 de marzo de 2019
Presentación de alegaciones
Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: csegind@mincotur.es indicando en el asunto: "Proyecto de Real Decreto por el que se actualiza el Reglamento de alumbrado exterior"