Calidad y Seguridad Industrial

Agreement on Dangerous Goods by Road / Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas / Convenio sobre seguridad de contenedores

ADR - Reglamentación aplicable a los vehículos que transportan mercancías peligrosas.

Los vehículos que transportan mercancías peligrosas están sujetos adicionalmente a la reglamentación aplicable en materia de homologación de vehículos, al cumplimiento de lo establecido en la parte 9 del Agreement on Dangerous Goods by Road, comúnmente denominado como ADR. Este acuerdo es objeto de revisión cada 2 años.

Los servicios técnicos designados para certificar la conformidad de los vehículos según lo prescrito en el anterior acuerdo, pueden consultarse en el catálogo de organismos designados para vehículos en general.

En el siguiente archivo puede consultarse la relación de instalaciones de lavado de cisternas de mercancías peligrosas por Comunidad Autónoma.

ATP - Reglamentación aplicable a los vehículos para el transporte de productos alimentarios a temperatura regulada.

Los vehículos destinados a este transporte deben cumplir, adicionalmente a la reglamentación sobre homologación de vehículos aplicable, lo establecido en el Real Decreto 237/2000, de 18 de febrero, por el que se establecen las especificaciones técnicas que deben cumplir los vehículos especiales para el transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura regulada y los procedimientos para el control de conformidad con las especificaciones.

Los requisitos técnicos adicionales que deben cumplir estos vehículos, en función de su categoría en cuanto a la isotermia/refrigeración, son los establecidos en el Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en esos transportes (ATP).

Además de los ensayos efectuados por servicios técnicos designados, la certificación de conformidad de los vehículos, debe ser emitida por un organismo de control, de los acreditados por ENAC en este campo, que pueden consultarse en la web de la Entidad Nacional de Acreditación, filtrando por organismos de control/ directivas de productos/transporte de mercancías perecederas. Para facilitar la aplicación práctica de los procedimientos de evaluación de la conformidad definidos en el citado Real decreto, y alinearlos con la evolución reciente del Acuerdo ATP, se ha elaborado esta guía que reúne una serie de precisiones a las disposiciones del Real decreto 237/2000, y que anula y sustituye cualquier otro documento emitido con anterioridad sobre las mismas.

CSC – Convenio Internacional sobre la seguridad de los contenedores

El Convenio Internacional sobre la Seguridad de los Contenedores (CSC) se aprobó en Ginebra el 2 de diciembre de 1972, y tiene por objeto mantener un elevado nivel de seguridad en el transporte y la manipulación de contenedores, y facilitar su transporte internacional, proporcionando reglas de seguridad uniformes.

A nivel nacional es de aplicación el Real Decreto 2319/2004, de 17 de diciembre, por el que se establecen normas de seguridad de contenedores de conformidad con el Convenio Internacional sobre la seguridad de los contenedores. Constituye el objeto de este real decreto definir y reglamentar todos los aspectos constructivos, operativos, de seguridad, de inspección y control de los contenedores sujetos al Convenio Internacional sobre la seguridad de los contenedores (CSC), para conseguir una aplicación uniforme en España que sea acorde con las recomendaciones de la Organización Marítima Internacional (OMI) y con las exigencias del propio convenio.

De conformidad con el Anexo I del mencionado Real Decreto 2319/2004, y con el Convenio CSC, uno de los métodos que se pueden emplear para llevar a cabo el examen de los contenedores es el sistema aprobado de exámenes continuos (sistema ACEP, por sus siglas en inglés). La utilización de un sistema ACEP deberá ser autorizada en España por el Ministerio de Industria y Turismo, si el propietario ofrece unas garantías de seguridad equivalentes al procedimiento normal de inspecciones periódicas llevado a cabo por los Organismos de Control acreditados.

En el siguiente archivo puede consultarse la relación actualizada de propietarios que cuentan actualmente con un sistema ACEP aprobado.