Detalle Participación Pública

Consulta
Cerrada
Rango de la Norma:
Real Decreto de Consejo de Ministros
Carácter de la consulta:
Normativas
Tipo de participación:
Audiencia e información pública

Resumen

El Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero establece las normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos. Ente otras cosas en dicho real decreto se regula el régimen de incompatibilidades de los socios, directivos y personal de dichas estaciones, respecto a otras actividades conexas con los vehículos que deben ser sometidos a inspección.

Dichas incompatibilidades fueron establecidas en el año 1985, mediante el Real Decreto 1987/1985, de 24 de septiembre, anterior regulación de la instalación y funcionamiento de las estaciones ITV, habiéndose eliminado posteriormente las incompatibilidades con los talleres de reparación mediante Real Decreto-Ley 7/2000, de 23 de junio. Las razones para la supresión de dicha incompatibilidad fueron de liberalización de dicha actividad.

En la situación actual, y por las mismas razones, se ha considerado conveniente suprimir también todas las incompatibilidades de la actividad como socio o directivo de las estaciones ITV y para el personal que preste servicio en ellas, que actualmente se establece en el Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero.

Por otro lado, para constatar la solvencia técnica de las entidades que actúan en el campo de la inspección técnica de vehículos, resulta conveniente establecer para las mismas, con carácter obligatorio, la acreditación conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17020.

Conviene por tanto modificar el Real Decreto 224/2008 eliminar las incompatibilidades para los socios, directivos y personal de las entidades que actúan en el campo de la inspección técnica de vehículos, así como exigir para dichas entidades la acreditación conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17020.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.1.c) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, de Gobierno, se somete a trámite de información pública este proyecto de Real Decreto.  

Plazo de remisión

Plazo para presentar alegaciones hasta el lunes, 19 de agosto de 2013

Presentación de alegaciones

Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: sgcalidadseguridad@minetur.es

o bien por correo ordinario a la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, del citado Ministerio (Paseo de la Castellana, 160, 28071 Madrid).  

Anexos