- Consulta
- Abierta
- Rango de la Norma:
- Orden Ministerial
- Carácter de la consulta:
- Normativas
- Tipo de participación:
- Audiencia e información pública
Resumen
El Real Decreto 309/2022, de 3 de mayo, por el que se establece el mecanismo de compensación de costes indirectos para los sectores y subsectores industriales a los que se considera expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono durante el periodo 2021-2030, regula un mecanismo de compensación de los costes relacionados con las emisiones de gases de efecto invernadero repercutidos en los precios de la electricidad, denominados costes de emisiones indirectas de CO2, para las industrias de determinados sectores o subsectores a los que se considera expuestos a un riesgo real de fuga de carbono.
Este mecanismo abarca el periodo 2021 a 2030, en términos de costes indirectos soportados por los beneficiarios en el periodo 2022-2031, mediante el establecimiento de convocatorias de subvenciones para compensar costes reales del año precedente.
Recientemente, las directrices comunitarias que diseñaron este mecanismo de compensación y en las que se enmarca el Real Decreto 309/2022, de 3 de mayo, han sido modificadas, conforme a lo previsto en el apartado 67 de las mismas, para adaptar el esquema de ayudas a la evolución de los parámetros que lo definen, así como para ampliar el listado de sectores y subsectores industriales a los que se considera expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono debido a los costes de las emisiones indirectas. El objetivo último de esta revisión es actualizar el mecanismo de compensación a las nuevas realidades europeas en los ámbitos ambiental e industrial.
Por otro lado, la normativa del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión también ha sufrido modificaciones y actualizaciones que afectan a este mecanismo de compensación y que deben ser consideradas en el proceso de revisión que se está efectuando.
La modificación de las directrices comunitarias recoge que los Estados miembros, en caso necesario, deberán actualizar los regímenes de ayudas existentes para adaptarlos a las directrices en su versión modificada a más tardar el 30 de junio de 2026.
Los parámetros técnicos que se modifican, el listado de sectores que pueden beneficiarse de este mecanismo de compensación, y las actualizaciones y aclaraciones complementarias sobre determinados aspectos que se estiman deben realizarse, se encuentran incluidos en los anexos del Real Decreto 309/2022, de 3 de mayo.
En consecuencia, es necesario aprobar una orden ministerial que modifique los anexos del Real Decreto 309/2022, de 3 de mayo, como consecuencia de cambios operados en la normativa de la Unión Europea y de acuerdo con lo previsto en la disposición final cuarta del citado real decreto.
La orden ministerial consta de un preámbulo, un artículo único que incluye la redacción de los nuevos anexos I, II y III del Real Decreto 309/2022, de 3 de mayo, y una disposición final única.
Objetivos de la norma
- Incorporar a los nuevos sectores y subsectores considerados subvencionables en el mecanismo de compensación por costes de emisiones indirectas de CO2, así como recoger la posibilidad de incluir nuevos subsectores en el listado si cumplen los criterios de admisibilidad recogidos en las directrices comunitarias modificadas.
- Actualizar los parámetros técnicos que afectan al cálculo de la subvención y que pueden entrar en vigor para los costes incurridos en el año 2025.
- Adaptar el mecanismo al funcionamiento del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión, así como a los cambios ocurridos en su normativa, que afecten a instalaciones incluidas en el esquema de ayudas.
Plazo de remisión
Plazo para presentar alegaciones desde el martes, 17 de febrero de 2026 hasta el martes, 10 de marzo de 2026
Presentación de alegaciones
Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: unidadco2@mintur.es indicando en el asunto: "Orden Ministerial de modificación de los anexos del Real Decreto 309/2022 compensación de emisiones indirectas"
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado.
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