- Consulta
- Cerrada
- Rango de la Norma:
- Orden Ministerial
- Carácter de la consulta:
- Normativas
- Tipo de participación:
- Consulta pública previa
Antecedentes de la norma
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a realizar la consulta pública previa a la elaboración del Proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras para el impulso de la mejora de la productividad en pequeñas y medianas empresas industriales a través de proyectos piloto de reducción de la jornada laboral.
Según datos de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (“OCDE”), más horas de trabajo no se traducen en una mayor productividad. Este organismo mide la productividad laboral de cada país mediante el indicador PIB por hora trabajada, que se mide en dólares estadounidenses y que tiene en cuenta el total de horas trabajadas de todas las personas que participan en el proceso de producción. Estos datos reflejan que hay países que trabajan menos horas y, sin embargo, son más productivos.
Por ello, se considera oportuno fomentar la realización de una serie de proyectos piloto de reducción de la jornada laboral que supongan un impulso a la productividad en pequeñas y medianas empresas industriales españolas, tan importantes para nuestro tejido productivo. Estos proyectos piloto, deberían reflejar una reducción de jornada mínima para un número de trabajadores determinado según el tamaño de la empresa, sin reducción de retribuciones salariales. A su vez, incorporarían una serie de medidas organizativas y de procesos productivos, así como acciones de formación, que generen una mejora de la productividad que compense en los mayores costes salariales.
Se prevén ayudas directas de manera temporal por los costes asumidos por la empresa como consecuencia de la reducción de la jornada, así como por los costes de implementación de nuevas fórmulas organizativas y la formación que, a medio plazo, generen ese incremento de la productividad que haga el piloto viable más allá de su duración.
Los proyectos pilotos deberían incorporar medidas organizativas o formativas para optimizar el tiempo de trabajo a implementar durante toda la duración del proyecto piloto e indicadores que midan la mejora de la evolución de la productividad del trabajo en la empresa o centro de trabajo que serán evaluados periódicamente.
Podrán financiarse parcialmente los costes salariales del personal afectado por la reducción de la jornada laboral, los costes de formación relativa a la optimización del tiempo de trabajo de los trabajadores afectados a la implementación del proyecto piloto, y los costes de colaboraciones externas o costes de personal interno necesarios para el diseño o rediseño de procesos afectados por el proyecto piloto y directamente vinculados a la producción de los bienes y servicios de la empresa.
Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma
Uno de los principales problemas inherente al modelo productivo de la economía española durante las últimas décadas ha sido el débil crecimiento de la productividad. Existen múltiples causas, entre las cuales está la gestión de los factores productivos, y en concreto, la organización del trabajo en las empresas.
Además, explorar reducciones de jornada podrían solucionar otros problemas asociados a jornadas laborales excesivas como son los relacionados con la salud física y mental de los trabajadores, la conciliación laboral y familiar y la igualdad de oportunidades para las mujeres.
Necesidad y oportunidad de su aprobación
Desde hace tiempo, se viene reclamando la necesidad de transformar el sistema económico para obtener mejoras de la productividad, favorecer la conciliación y fomentar la paridad e igualdad de oportunidades. La emergencia climática y la crisis derivada de la pandemia de la COVID19, han puesto todavía más de relieve la necesidad de introducir estos parámetros. Y la puesta en práctica masiva de nuevas formas de trabajo (como el teletrabajo), han generado un debate sobre cómo pueden explorarse nuevas vías de organización empresarial y nuevas relaciones en el trabajo.
Por otra parte, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio lleva trabajando desde hace varios años en fomentar un modelo en que el crecimiento y la demanda nacional se bases en un modelo de alta productividad, alto empleo y alta cualificación. Esta mejora de la competitividad y la productividad ha tenido su reflejo en programas de apoyo a la digitalización, a la innovación de procesos y organizativa y en la transformación verde. El presente proyecto de norma busca completar ese conjunto de variables con la exploración de medidas que interrelacionen productividad y trabajo.
Objetivos de la norma
Los objetivos planteados por la norma son:
- Conseguir una mejora duradera de la productividad en las empresas a través de una gestión más eficiente y sostenible de los factores productivos.
- Fortalecer los vínculos entre trabajadores y empresas, propiciando el diálogo permanente, la colaboración, la innovación y la mejora conjunta de las organizaciones y las capacidades de sus integrantes.
- Favorecer la igualdad de oportunidades de las mujeres, asegurando una mayor flexibilidad laboral y una adecuada valorización de los trabajos de cuidados.
Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias
Se valoran las siguientes posibles alternativas:
- Elaboración de una orden de bases que fomente la realización de proyectos piloto en pequeñas y medianas empresas industriales.
- Dejar que sea el sector privado el que llegue mediante mecanismos de mercado a la consecución de estos fines.
- Realización de estudios para el diseño de pilotos dirigidos.
De alternativas citadas, en este momento se considera que la más adecuada es la a).
Plazo de remisión
Plazo para presentar alegaciones desde el lunes, 13 de junio de 2022 hasta el jueves, 30 de junio de 2022
Presentación de alegaciones
Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: participacion_publica_sgipyme@mincotur.es indicando en el asunto: "PROYECTO DE ORDEN REDUCCIÓN DE JORNADA LABORAL"
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado.
Con carácter general, las contribuciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la contribución, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.