Detalle Participación Pública

Consulta
Cerrada
Rango de la Norma:
Real Decreto de Consejo de Ministros
Carácter de la consulta:
Normativas
Tipo de participación:
Consulta pública previa

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma

La creación y regulación de la figura del consumidor electrointensivo dotó a este tipo de consumidores de un marco propio que ayuda a mitigar los efectos de sus altos costes de energía eléctrica para preservar la competitividad de sus empresas. Entre los consumidores electrointensivos destacan las empresas del sector industrial para las que se trata de evitar su deslocalización de conformidad con la normativa comunitaria.

El Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos, en su Título III, establece las bases reguladoras del «Mecanismo de compensación a los Consumidores Electrointensivos de los cargos por la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de alta eficiencia y por la financiación adicional en los territorios no peninsulares», un programa de concesión de ayudas para compensar parte de los cargos de la factura eléctrica a los consumidores electrointensivos.

El Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, establece unos requisitos para optar a la categoría de consumidor electrointensivo, cuyo cumplimiento se comprueba durante los procedimientos de certificación y de renovación anual. Asimismo, exige el cumplimiento de una serie de obligaciones, de las cuales algunas aplican a todos los consumidores certificados como electrointensivos y otras únicamente a aquellos que se hayan acogido a alguno de los mecanismos de apoyo regulados en el real decreto.

Los plazos para el cumplimiento de estas obligaciones son diversos y, en algunos casos, su definición inicial está obsoleta, ya no es adecuada, o introduce una complejidad excesiva en los procedimientos de comprobación.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

El aumento del número de consumidores certificados como electrointensivos durante el último año, debido a la inclusión de nuevos sectores y a la relajación de ciertos requisitos por al aumento del precio de la electricidad, ha puesto de manifiesto la necesidad de armonizar la definición de los requisitos y obligaciones de los consumidores electrointensivos y de racionalizar los procedimientos de certificación y comprobación del cumplimiento de los requisitos.

Dado que las primeras certificaciones de consumidor electrointensivo se resolvieron hace tres años, ya se ha comenzado a comprobar el cumplimiento de estas obligaciones y la práctica administrativa ha revelado algunas oportunidades de mejora de los procedimientos.

Por último, es necesario adaptar la norma a la nueva estructura orgánica del Ministerio de Industria y Turismo y, en concreto, de la Secretaría de Estado de Industria, que incluye dos direcciones generales en lugar de la anterior Dirección General de Industria y PYME, que ha sido suprimida, y el Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, designó como órgano competente para instruir y resolver el procedimiento de certificación.

Objetivos de la norma

El objetivo básico de esta norma es mejorar la regulación y gestión del registro de consumidores electrointensivos y el mecanismo de compensación de cargos a estos consumidores. En concreto, se trata de mejorar la coherencia y claridad de las definiciones de requisitos y obligaciones de los consumidores electrointensivos, reducir cargas administrativas y aumentar la eficiencia de la acción administrativa de gestión, comprobación y control.

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias

La solución alternativa sería mantener el texto de la norma en vigor, pero se juzga que las ventajas de la modificación que se pretende acometer tendrán un impacto lo suficientemente importante como para justificar la tramitación y aprobación de una norma reglamentaria.

Plazo de remisión

Plazo para presentar alegaciones desde el viernes, 31 de mayo de 2024 hasta el viernes, 14 de junio de 2024

Presentación de alegaciones

Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: ModificacionEstatutoCEI@mintur.es indicando en el asunto: "Real Decreto de modificación del Real Decreto 1106/2020 Estatuto de los consumidores electrointensivos"

Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado.

Anexos