Las inscripciones en RII se llevan a cabo a través de las Comunidades Autónomas. No es posible darse de alta a título individual en el RII. Cualquier empresa o industria que quiera figurar en el RII debe ponerse en contacto con el organismo competente de su Comunidad Autónoma.
Las empresas que pueden ser registradas en el RII están detalladas en el artículo 4 del Reglamento. De todas ellas, existe la obligación de registro para todas aquellas industrias, empresas de servicios o entidades que hayan presentado autorizaciones concedidas, declaraciones responsables o comunicaciones ante los organismos competentes de las Comunidades Autónomas.
Los datos que pueden ser consultados en el RII son los datos básicos de las empresas comunicadas definidos en el artículo 5.1 Reglamento.