Registros Industriales

Registro de aparatos eléctricos y electrónicos

El Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RD RAEE) que sustituye al Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos , dedica su artículo 8 al Registro Integrado Industrial y mantiene la obligación de que todos los productores de aparatos eléctricos y electrónicos (o su representante autorizado) se inscriban en la sección especial para los productores de aparatos eléctricos y electrónicos del Registro Integrado Industrial (RII-AEE), previsto en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y en el Reglamento del Registro Integrado Industrial, aprobado por el Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo.

Esta obligación es idéntica a la que existía en el Real Decreto 208/2005 de inscribirse en el denominado REI-RAEE (Registro de Establecimientos Industriales de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos). El Real Decreto RAEE ha adaptado la denominación del Registro y ha definido con mayor precisión la información que se solicita a los productores al inscribirse en el RII-AEE y con carácter trimestral.

Los cambios indicados han obligado a modificar la aplicación informática que en su día había puesto en marcha el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad (MINECO), para adaptarla a las nuevas exigencias del Real Decreto RAEE.

El Registro Integrado Industrial (RII) es un registro de carácter informativo y de ámbito estatal, adscrito al MINECO y responde a los requerimientos de la Directiva 2012/19/UE, de 4 de julio de 2012, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, en la que se mantiene el registro estatal en cada uno de los Estados miembros.

En esta aplicación web, se pone a disposición de los productores de aparatos eléctricos y electrónicos y de otros agentes:

  1. La información relativa a las implicaciones de la normativa en materia de gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos en lo que se refiere al RII y el procedimiento administrativo a seguir.
  2. Un sistema de información que permite:
    • La inscripción en el Registro de Productores.
    • La asignación del número de identificación a los productores o su representante autorizado en el momento de la inscripción.
    • La declaración trimestral de aparatos eléctricos y electrónicos puestos en el mercado.
    • La asignación de la cuota de mercado para cada productor o sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor (antes Sistema integrado de gestión o SIG) para el establecimiento de las responsabilidades sobre los residuos.
    • El acceso público a información relevante relativa a productores y los aparatos que ponen en el mercado.