Plan RENOVE

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes de: Características

¿Cómo garantiza el fabricante la transformación de un vehículo homologado como GLP, GNC, GNL, o bifuel gasolina-gas? (Anexo - Artículo 1.1.c)

La garantía del fabricante respecto a la transformación del vehículo consiste en que dicha transformación deberá realizarse dentro de la red autorizada del propio fabricante, y no en un taller independiente de su red. Asimismo, esta transformación deberá quedar reflejada en la ficha técnica del vehículo (Tarjeta ITV), y, como cualquier otro vehículo, deberá estar matriculado por primera vez en España a nombre del destinatario último de la ayuda.

¿Cómo se define la situación de aquellos solicitantes que pertenezcan a hogares con unos ingresos mensuales inferiores a 1.500 euros?

A los efectos de definir dicha situación se indica que:

  • Se entenderá por hogar el concepto definido como unidad familiar en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
  • Se sumarán los ingresos de todos los miembros de la unidad, según la definición anteriormente indicada.
  • Si el miembro de la unidad familiar realiza la declaración de la renta, se sumarán la base imponible general y la base imponible del ahorro relativa al último período impositivo del que tenga constancia la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
  • En caso de que la unidad familiar no realice declaración de la renta se deberán tener en cuenta los siguientes conceptos:
    • Las retribuciones por rendimientos del trabajo, menos gastos deducibles y reducciones aplicables.
    • Ingresos por arrendamiento de inmuebles.
    • Rendimientos de cuentas bancarias y otros del capital mobiliario explícitos e implícitos, menos gastos y reducciones aplicables.
    • Rendimientos de operaciones de seguros.
    • Ganancias o pérdidas de ventas de fondos de inversión.
    • Ganancias patrimoniales por premios, juegos, concursos, rifas, subvenciones y ayudas públicas, así como aprovechamientos forestales en montes públicos.
    • Rendimientos de actividades económicas.
    • Socios/partícipes de entidades en atribución de renta por capital mobiliario, inmobiliario, actividades económicas, patrimoniales.
¿Qué ayudas y descuentos se aplican a los vehículos vendidos entre el 15 de junio de 2020 y el 6 de julio de 2020? (Anexo – Artículo 3)

A los vehículos vendidos o encargados a fábrica entre el 15 de junio de 2020, y el 6 de julio de 2020 (fecha de entrada en vigor del Real Decreto Ley 25/2020, de 3 de julio), ambos inclusive, se les aplicarán únicamente las ayudas que provengan del Estado, es decir, aquellas recogidas en el artículo 3, apartados 1 y 2, del Anexo II del citado Real Decreto Ley. No obstante, no será obligatoria la aplicación del descuento proveniente del concesionario indicado en el artículo 3, apartado 3, del Anexo II del Real Decreto Ley, a aquellos vehículos vendidos o encargados a fábrica entre las fechas indicadas.