- Consulta
- Pechada
- Alcance da norma:
- Anteproxecto de Lei
- Carácter da consulta:
- Normativas
- Tipo de participación:
- Consulta pública previa
Resumen
El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo pone en marcha el proceso de AUDIENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA sobre una nueva Ley de Industria, al objeto de recabar la opinión de las personas y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, de conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
La nueva Ley de Industria es un compromiso de España dentro del Componente 12 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, identificado como hito #176, correspondiente a la medida C12.R1 “Estrategia Española de Impulso Industrial 2030”. En dicho hito, se recoge la entrada en vigor de la Ley en el 4º trimestre de 2023.
La industria manufacturera (excluido el sector energético) representa 12,3% del Valor Añadido Bruto de la economía española, un porcentaje inferior a los países de nuestro entorno. Ello supone un elemento de vulnerabilidad, dada la mayor resiliencia mostrada ante la crisis financiera y la reciente crisis sanitaria, así como una mayor productividad que otros sectores.
El sector industrial tiene una gran importancia estructural para el equilibrio y desarrollo armónico del conjunto de la economía. La industria es el principal sector vertebrador de la economía y generador de cohesión social y territorial. Un sector industrial desarrollado dinamiza la actividad económica, aporta empleo de mayor calidad y mitiga el impacto de las recesiones. Es por ello, que el principal desafío es la necesidad de incrementar el peso de la industria en la economía nacional, para acercarlo al de la media de la UE y las economías más competitivas de nuestro entorno, para aprovechar todas las externalidades positivas que la industria tiene sobre la economía de un país. Actuar sobre estas variables tendría un efecto positivo relevante y estructural sobre la economía española y su resiliencia.
Para ello, es necesaria actuación pública estratégica y coordinada que impulse la productividad de la industria y la prepare para los retos de la digitalización, la transición ecológica y eficiencia energética. Se necesita realizar una profunda reflexión sobre el marco estratégico en el que la industria de nuestro país realiza sus actividades, que contemple qué acciones hay que implementar para dar respuesta a las necesidades del sector y que lo aborde, además, de una manera totalmente integral.
Esto hace necesario abordar la reforma integral de la actual Ley de Industria, que data de 1992, previa a toda la digitalización y principales orientaciones hacía su sostenibilidad y aprovechamiento de la economía circular, así como los actuales procesos de servitización de la industria. Por ello, debe adaptarse a la realidad industrial y económica actual, articulando nuevas figuras y mecanismos que permitan dotar a la industria de resiliencia para hacer frente a los nuevos retos existentes y colaborar a alcanzar una mejora de su competitividad. La norma, de carácter básico, debe adecuarse a los estándares actuales de la doble transición europea en sostenibilidad y digitalización, a una orientación más holística hacia ecosistemas industriales, proyectos industriales de interés general, mantenimiento de la capacidad productiva, especialmente de aquellos considerados de primera necesidad y/o estratégicos, internacionalización, así como mecanismos más actualizados de vigilancia de productos en el mercado.
Prazo de remisión
Prazo para enviar argumentos a partir do día martes, 13 de decembro de 2022 ata o día xoves, 5 de xaneiro de 2023
Presentación de alegacións
As achegas e comentarios poderán remitirse á dirección de correo: leydeindustria@mincotur.es indicando no asunto: "Audiencia Lei de Industria". Estas achegas deberán realizarse enchendo o documento adxunto “Cadro_aportacion_alegacións_APL_Industria” (e enviándoo en formato editable) incluíndo os seguintes campos: número de artigo ou artigos que pretenden modificarse; texto orixinal actual dos este artigos; suxestións de redacción (nova redacción proposta dos este artigos); xustificación dese cambio de redacción.
Só serán consideradas as observacións nas que o remitente estea identificado.
Con carácter xeral as respostas consideraranse non confidenciais e, en consecuencia, de libre difusión. Se se desexa que algunhas partes da información sexan consideradas confidenciais, estas sinalaranse e delimitarán no propio texto, e deberase motivar a necesidade da súa confidencialidade.