Lo sentimos, pero el asunto de la competencia para realizar proyectos no lo puede ni debe resolver el Reglamento Electrotécnico, sino las leyes o decretos de atribuciones, cuya aplicación caso por caso correspondería a las Comunidades Autónomas.
Si no está seguro de que su titulación le faculta para realizar este tipo de proyectos, sería aconsejable que se pusiera en contacto previamente con la Comunidad Autónoma, a fin de evitar problemas a posteriori.
Gracias por sus comentarios.